Sanidad establece medidas especiales en la ciudad de Cuenca para frenar la expansión de la COVID-19

Entre las semanas 40 y 41 en la capital conquense se han confirmado un total de 191 casos por COVID-19, lo que supone una tasa de incidencia acumulada de 349,2 casos por 100.000 habitantes. Los datos indican que el municipio de Cuenca se encuentra en riesgo de transmisión comunitaria

Vista aérea de la ciudad de Cuenca

La Delegación Provincial de la Consejería de Sanidad de Castilla-La Mancha ha aprobado este viernes, 16 de octubre, la Resolución de 16/10/2020 por la que se adoptan medidas especiales en materia de salud pública previstas en la Ley Orgánica 3/1986 para la contención de la expansión de la COVID-19 en la ciudad de Cuenca. Estas limitaciones se aplican desde este viernes y tendrán una duración inicial de 14 días, con la posibilidad de prorrogarse hasta 28.

Según refleja el texto de la resolución, en el análisis diario de la información facilitada por el Sistema de Vigilancia de Covid-19 en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha «se ha detectado una situación de riesgo de elevada transmisión en la localidad de Cuenca» (Cuenca). La decisión adoptada se fundamenta en los datos recogidos por el Servicio de Epidemiología de la Dirección General de Salud Pública según los cuales durante la semana epidemiológica número 40 (del 28 de septiembre al 4 de octubre de 2020), en el municipio de Cuenca se declararon al Sistema de Vigilancia Epidemiológica de Castilla-La Mancha 47 casos de COVID-19 lo que supone una tasa de incidencia semanal de 85,9 casos/100.000 habitantes (IC 95%: 61,37-110,51).

Posteriormente, durante la semana epidemiológica número 41 (del 5 al 11 de octubre de 2020), se han declarado un total de 144 casos de COVID-19 lo que supone una tasa de incidencia semanal de 263,3 casos/100.000 habitantes (IC 95%: 220,3-306,3). Por último, la resolución señala que «durante las semanas epidemiológicas 40-y 41 se han declarado en el municipio de Cuenca un total de 191 casos de COVID-19 lo que supone una tasa de incidencia acumulada en los últimos 14 días de 349,2 casos/190.000 habitantes (IC 95%: 299,7-398,8)».

En función de estas circunstancias, Sanidad precisa que «la tasa de incidencia acumulada de los últimos 14 días (por encima de 250 casos por 100.000 habitantes), el elevado número de casos registrados en los últimos 7 días (144 casos) y la razón de tasas de incidencia entre las semanas 41 y 40 (más de 200%), se sitúan claramente por encima de los umbrales de alerta establecidos en Castilla-La Mancha (200 casos/100.000 habitantes / 10 casos semanales). Por tanto, estima que el municipio de Cuenca se encuentra en un escenario de riesgo de transmisión comunitaria «lo que exige la adopción de medidas de control establecidas para capitales de provincia y municipios de mayores de 50.000 habitantes, complementarias a las medidas generales aplicadas por la Consejería de Sanidad en todo el territorio regional.”

MEDIDAS ESPECIALES PARA MUNICIPIOS DE MÁS DE 50.000 HABITANTES

Inspección Municipal

  • Los servicios de inspección, autonómicos y municipales, llevarán a cabo una exhaustiva revisión e inspección en los establecimientos públicos para garantizar el cumplimiento de las normas de higiene (generales y específicas de COVID-19)
  • Control de disponibilidad de gel hidro-alcohólico, jabón y agua, en todos los establecimientos públicos

Educación Sanitaria:

  • Distribución de carteles informativos sobre medidas de prevención frente a la Covid-19 en establecimientos públicos y lugares estratégicos.
  • Difusión de mensajes y recomendaciones.
  • Uso obligatorio de mascarillas según lo establecido en la normativa.

En locales de ocio

  • Cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales.
  • En bares, restaurantes y establecimientos de hostelería similares, el aforo se reducirá al 50 por ciento del máximo que tuvieran establecido previamente para consumo en el interior del local.
  • Las terrazas de bares y restaurantes reducirán su aforo al 75 por ciento del máximo que tuvieran establecido previamente.

En todo caso, deberán respetarse las medidas de seguridad, protección e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención de covid-19.

Centros sociosanitarios

  • Suspensión cautelar de la actividad en los Centros de Día de personas mayores y personas con discapacidad y de servicios de estancias diurnas de personas mayores.
  • Suspensión de visitas sociales en residencias de mayores, centros para personas con discapacidad grave, viviendas tuteladas de mayores y centros residenciales sociosanitarios. La entrada a estos centros de personas ajenas a los mismos se limitará a lo estrictamente necesario. Las viviendas supervisadas y las viviendas para personas con discapacidad quedan exceptuadas del cumplimiento de esta medida pero deberán observarse todas las medidas preventivas generales (distanciamiento, uso de mascarillas, uso de soluciones hidroalcohólicas, y resto de medidas de prevención de posibles contagios).
  • No se permitirán salidas salvo razones de fuerza mayor en residencias de mayores y viviendas de mayores. Á su regreso deberán permanecer en cuarentena durante el periodo que esté establecido en los protocolos en vigor en ese momento. Si se podrá permitir el abandono definitivo o traslado temporal a domicilio familiar, siempre por un periodo superior al de vigencia de las medidas especiales en el municipio (es decir, no podrá retornar al centro mientras dichas medidas se encuentren en vigor), y previa realización de pruebas diagnósticas según lo establecido en la regulación previa y autorización de la autoridad sanitaria competente.
  • En otros centros residenciales sociosanitarios de personas con discapacidad, menores, personas con TMG.., estarán permitidas las salidas siempre que la persona no sea sospechosa o presente síntomas compatibles con Covid-19 y que el centro se encuentre libre de COVID en ese momento. Los responsables del centro deberán valorar la hecesidad o conveniencia de que estas salidas se realicen acompañados por un profesional del centro.
  • Los trabajadores que tras un periodo vacacional o de ausencia de su puesto de trabajo superior a Una semana se incorporen a residencias sociosanitarias y viviendas tuteladas/supervisadas u otros dispositivos residenciales sociosanitarios se les realizará como paso previo a su incorporación, una PCR para descartar la infección por COVID-1

Actividades religiosas

  • Celebraciones religiosas: se limitarán el aforo al 50 por ciento de su capacidad habitual, siempre que se mantengan las medidas de distanciamiento interpersonal.
  • Velatorios y cortejos fúnebres: restricción del número de personas en 10 personas máximo.
  • Eventos sociales, como bodas y bautizos: 25 personas máximo.

Consumo de alcohol

  • Se reforzarán los controles para impedir el consumo de alcohol que no estuviera autorizado y otras actividades no permitidas en la vía pública. En este sentido, la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha y la autoridad aplicarán rigurosamente las sanciones correspondientes.
  • El Ayuntamiento aumentará la vigilancia para detectar y sancionar estos comportamientos y actividades.

Medidas complementarias

  • Eventos deportivos: suspensión de eventos deportivos con asistencia de público promovidos por el Ayuntamiento, por asociaciones, peñas o por particulares. Se podrá valorar su autorización en el caso de realizarse sin asistencia de público.
  • Cines, teatros y auditorios: se establece un aforo máximo del 50 por ciento.
  • Bibliotecas, museos y visitas a monumentos: se establece un aforo máximo del 50 por ciento.
  • Hoteles: sólo podrán contratar el 75 por ciento de su capacidad. El uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 50 por ciento.
  • Piscinas municipales y otras instalaciones recreativas: cierre de este tipo de instalaciones de uso público independientemente de su titularidad.
  • Piscinas comunitarias (bloque de edificios): no podrán superar el 25 por ciento de su capacidad. 
  • Espectáculos taurinos: suspensión de espectáculos taurinos.
  • Mercadillos y mercados al aire libre: suspensión de mercadillos y mercados al aire libre.
  • Parques y jardines: cierre de parques y jardines.
  • Comercios: en las tiendas y demás establecimientos comerciales se extremarán las medidas higiénico-sanitarias, limitando el número de personas en cada momento de acuerdo a la posibilidad de mantener la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros dentro del establecimiento. Se deberá realizar higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento.
  • Supermercados y centros comerciales: limitarán su aforo al 50 por ciento, manteniendo las mismas condiciones de higiene previstas para el pequeño comercio.
  • Seguimiento minucioso del aislamiento de todos los casos y contactos por parte de Epidemiología, Enfermeros de Vigilancia Epidemiológica y Equipos de Atención Primaria, solicitando la colaboración de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad si así se precisara en casos concretos.
  • Si desde el Ayuntamiento, se tuviera conocimiento de otros locales o actividades, que pudieran suponer un riesgo de contagio, se informará de inmediato a la Delegación Provincial de Sanidad, para proceder a su cierre, prohibición o limitación, con el fin de frenar la transmisión virus.

Grupos

  • Límite de 10 personas por grupo: en el decreto 49/2020 de 21 de agosto de medidas de prevención necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, que entró en vigor el pasado 23 de agosto, ya establecía que los grupos serán de un máximo de 10 personas, excepto en los supuestos que el decreto vigente en Castilla-La Mancha prevea un número mayor.
  • Asimismo, se recomienda la limitación de encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable.