Una investigación concluye que “la imagen del Cristo Yacente fue encargada y sufragada íntegramente por la Diputación”

Según la Congregación de Nuestra Señora de la Soledad y de la Cruz de Cuenca, la talla costó 15.000 pesetas en 1941 “sin constar cesión posterior de su titularidad o posesión”.

La Congregación de Nuestra Señora de la Soledad y de la Cruz de Cuenca ha emitido un comunicado en el que afirma que “una investigación documental realizada a partir de los fondos conservados en el Archivo de la Diputación Provincial de Cuenca y en el archivo de la Junta de Cofradías de Cuenca concluye que la imagen escultórica del Cristo Yacente, obra de D. Luis Marco Pérez, fue encargada y sufragada íntegramente por la Diputación Provincial de Cuenca mediante financiación pública por un importe de 15.000 pesetas, sin que exista constancia documental de que dicha institución cediera posteriormente su titularidad o posesión a ninguna otra entidad”.

En dicho comunicado se relata que “la investigación reconstruye cronológicamente el proceso de encargo y financiación de la obra a partir de documentación oficial conservada en ambos archivos”.

Según estas fuentes de la Congregación de Nuestra Señora de la Soledad y de la Cruz de Cuenca “los documentos acreditan que, en el año 1941, en el contexto de la reconstrucción de la Semana Santa de Cuenca tras la Guerra Civil, la entonces Junta de Hermandades y Cofradías acordó proponer al escultor D. Luis Marco Pérez el encargo de una talla de un «Cristo Muerto», en madera policromada, por un importe de 15.000 pesetas. Posteriormente, el 2 de diciembre de 1941, la Junta Gestora de la Excma. Diputación Provincial de Cuenca acordó aportar dicha cantidad económica, a propuesta de la entonces Junta de Hermandades, con el fin de sufragar la ejecución de la imagen”.

Desde la Congregación de Nuestra Señora de la Soledad y de la Cruz de Cuenca añaden que “más adelante, el 13 de enero de 1942, la Junta de Cofradías, mediante escrito firmado por su secretario, D. Juan Antonio Benítez, solicitó expresamente que la citada aportación económica se destinara a la realización de un Cristo Yacente destinado a figurar en la procesión del Santo Entierro. El 22 de enero de 1942 tuvo lugar la reunión entre el escultor D. Luis Marco Pérez y el presidente de la Excma. Diputación Provincial, D. Manuel Lledó, en la que ambas partes acordaron formalmente el encargo de la talla por parte de la Diputación Provincial para las procesiones de Semana Santa, mediante financiación pública. El contrato fue aceptado oficialmente por la Diputación el 2 de febrero de 1942”.

De igual forma, señalan desde la Congregación de Nuestra Señora de la Soledad y de la Cruz de Cuenca que “la documentación acredita igualmente que el 17 de febrero de 1942 el interventor de la Diputación informó del libramiento de 7.500 pesetas a favor de D. Luis Marco Pérez como primer plazo del importe contratado para la escultura de Jesús Yacente, indicando expresamente que la imagen había sido contratada por la Corporación Provincial para figurar en las procesiones de la próxima Semana Santa. La Comisión Gestora de la Diputación quedó enterada de dicho pago en su sesión del 23 de febrero de 1942”.

“Asimismo, los registros de libramientos correspondientes al Capítulo II, artículo 10, partida 1 de Instrucción Pública, Monumentos Artísticos e Históricos, reflejan los pagos efectuados a favor de D. Luis Marco Pérez, quien firmó el recibí de 7.500 pesetas el 17 de febrero de 1942 y otras 7.500 pesetas el 2 de agosto de 1942, completando así el importe total contratado de 15.000 pesetas”, indica el comunicado de la Congregación de Nuestra Señora de la Soledad y de la Cruz de Cuenca.

La Congregación de Nuestra Señora de la Soledad y de la Cruz de Cuenca agrega que “la investigación también incorpora documentación de fecha 19 de diciembre de 1946, firmada por el Secretario de la Excma. Diputación Provincial, el Presidente de la Junta de Cofradías y el Interventor (Anexo VII), así como documentación que acredita que la talla del Cristo Yacente llegó finalmente a Cuenca en agosto de 1942 con motivo de una exposición de arte en la que D. Luis Marco Pérez presentó las obras El Yacente y Las Angustias”.

Toda la documentación original utilizada en esta investigación puede consultarse pinchando en el enlace.

“Como complemento a esta investigación, el 12 de junio de 2026 fue presentada, mediante registro electrónico número 13.363, una solicitud ante la Excma. Diputación Provincial de Cuenca interesando la localización de cualquier documento que acreditara una eventual cesión, transmisión o cambio de titularidad de la imagen”, indican desde la Congregación de Nuestra Señora de la Soledad y de la Cruz de Cuenca.

En respuesta a dicha solicitud, la Diputación Provincial emitió el Expediente 18844494Y, en el que manifiesta expresamente: «Tras consultar las bases de datos y registros internos del Servicio de Archivo Provincial, no se ha encontrado ninguna documentación, aparte de la aportada en la citada solicitud, que coincida o guarde relación con los datos e información interesada en la misma. Consultadas, asimismo, las unidades administrativas de Cultura, Patrimonio y Presidencia, manifiestan que tampoco consta en ellas documento alguno de cesión, transmisión o título jurídico de cualquier naturaleza mediante el cual la Diputación Provincial de Cuenca hubiera cedido la titularidad o posesión de la talla del ‘Cristo Yacente’ a un tercero.»

Concluye la Congregación de Nuestra Señora de la Soledad y de la Cruz de Cuenca: “A la vista de toda la documentación analizada , la investigación concluye que la imagen del Cristo Yacente fue encargada y sufragada íntegramente con fondos públicos de la Excma. Diputación Provincial de Cuenca, a petición y de acuerdo con la entonces Junta de Hermandades y Cofradías, sin que conste documentalmente la existencia de un título de donación, cesión, transmisión o cualquier otro negocio jurídico por el que la Diputación hubiera transferido su titularidad o posesión a otra entidad. En consecuencia, y en aras del máximo rigor histórico y documental, se considera que, si existiera cualquier documentación alternativa que contradijera o completara los hechos acreditados en esta investigación, este es el momento oportuno para que pueda ser aportada y sometida al correspondiente análisis documental”.