El Ayuntamiento de Cuenca lanza tres convocatorias para un técnico de Patrimonio y dos bolsas de empleo

Las plazas son para Técnico de Patrimonio Histórico, y las bolsas para Técnico de Incendios y para el técnico general.

El Ayuntamiento de Cuenca publica en el Boletín Oficial de la Provincia la convocatoria de una plaza para acceder como funcionario técnico de Patrimonio Histórico por oposición y abre dos bolsas de trabajo para quienes quieran postularse a las plazas que se ofertarán en el futuro para técnicos de Incendios y para técnicos en el Ayuntamiento de Cuenca. A continuación les detallamos los requisitos y cuáles son los documentos necesarios para aplicar.

Plaza para Técnico de Patrominio Histórico

El Ayuntamiento de Cuenca convoca una plaza para técnico de Patrimonio Histórico de Administración Especial, incluida en la Oferta Pública de Empleo correspondiente al ejercicio 2024, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca de fecha 11 de julio de 2025 y en el DOCM de 31 de julio de 2025. Para acceder a esta vacante, se exige una titulación del Grado en Fundamentos de Arquitectura y máster habilitante para el ejercicio de la profesión de arquitecto o equivalente y hay que someterse a una oposición.

Para poder participar en los procesos selectivos será necesario reunir los siguientes requisitos:

  • Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
  • Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
  • Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
  • No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.
  • Estar en posesión de Grado en Fundamentos de Arquitectura y máster habilitante para el ejercicio de la profesión de arquitecto o equivalente.

Las solicitudes se presentarán en el plazo de veinte días hábiles a partir del siguiente al de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, mediante cualquiera de las formas siguientes:

  • Presencialmente. En este caso, los participantes deberán imprimir la solicitud y presentarla, una vez firmada y, abonados
    los derechos de examen, en cualquiera de las Oficinas de Registro del Ayuntamiento de Cuenca.
  • Telemáticamente. A través del Registro Electrónico del Ayuntamiento de Cuenca, para cuyo acceso será imprescindible disponer de certificado electrónico.
    Otras formas de presentación. Las solicitudes también podrán presentarse con arreglo a lo previsto en el apartado 4 del
    art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de correos.

A la solicitud deberá adjuntarse el justificante de pago de la tasa por derechos de examen y la acreditación de los méritos
alegados.

Las bases íntegras se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia, en la sede electrónica de este Ayuntamiento, insertándose un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Además, los derechos de examen se fijan en la cantidad de 22,18 euros, tal y como establece la Ordenanza Fiscal nº 30 del Ayuntamiento de Cuenca. Dicha cantidad se ingresará en la cuenta bancaria de Unicaja nº ES72 2103 7403 1700 3000 5796

Puede consultar más información aquí.

Plaza para Técnico de Incendios

El Ayuntamiento de Cuenca convoca una plaza para técnico de incendios para nombramiento como funcionario interino. El sistema selectivo será el de concurso, de conformidad con los méritos y puntuaciones que se especifican en las bases. El personal funcionario interino resultante de esta bolsa cesará cuando desaparezcan las causas en virtud de las cuales se formalizó su nombramiento o el plazo legalmente permitido para nombramientos de este tipo.

Para poder participar en los procesos selectivos será necesario reunir los siguientes requisitos antes del día que finalice el plazo de presentación de solicitudes:

  • Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57 del TREBEP, en el supuesto de acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.
  • Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
  • Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
  • Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a la escala, subescala, clase y categoría de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
  • Titulación: Arquitectura Superior, Arquitectura Técnica, Ingeniería Técnica de Obras Públicas, Ingeniería Técnica Industrial, Ingeniería Técnica de Minas o Ingeniería Técnica en Topografía o equivalente.
  • No encontrarse afectado por procedimiento administrativo o judicial que sea o pueda ser incompatible con el ejercicio de sus funciones.
  • Haber abonado la tasa que se fija en la cantidad de 29´56€, tal y como establece la Ordenanza Fiscal n.º 30 del Ayuntamiento de Cuenca. Dicha cantidad se ingresará en la Cuenta bancaria de unicaja n.º ES10 2103 7403 1300 3000 3422 de titularidad municipal.

Las solicitudes de participación deberán ir acompañadas, en su presentación, por los siguientes documentos:

  • Fotocopia del Documento Nacional de Identidad en vigor.
  • Recibo de haber abonado la Tasa. El cumplimiento de este requisito deberá realizarse inexcusablemente dentro del plazo de presentación de instancias, no siendo posible la subsanación, ni total ni parcial del mismo, fuera de dicho plazo, admitiéndose exclusivamente en fase de subsanación la acreditación de su realización en el plazo indicado.
  • Documentación acreditativa de los méritos alegados. Los méritos alegados en experiencia profesional: se acreditarán mediante certificados de servicios. Los méritos alegados en formación: únicamente se valorarán acciones formativas relacionadas con las funciones propias del puesto y de Formación Profesional, Universitarias y de Expertos y Máster Universitarios debidamente acreditadas que hayan sido impartidos por Centros Oficiales y demás Administraciones Públicas, centros acogidos al Plan de Formación continua de las Administraciones Públicas, Universidades o Colegios Profesionales o bien por cualquier organismo público o privado oficialmente reconocidos, y que se acrediten mediante título, certificado o diploma.

Puede consultar más información aquí.

Plaza para Técnico del Ayuntamiento de Cuenca

El Ayuntamiento de Cuenca convoca una plaza para técnico del propio Ayuntamiento. El sistema selectivo será el de concurso, de conformidad con los méritos y puntuaciones que se especifican en las bases. El personal funcionario interino resultante de esta bolsa cesará cuando desaparezcan las causas en virtud de las cuales se formalizó su nombramiento.

Para tomar parte en el presente proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir, antes del día que finalice el plazo de presentación de solicitudes. Los requisitos generales de acceso son los siguientes:

  • Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57 del TREBEP, en el supuesto de acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.
  • Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
  • Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
  • Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a la escala, subescala, clase y categoría de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
  • Titulación: Licenciatura, arquitectura o ingeniería superiores universitarias, Grado universitario u otra titulación universitaria oficial con un mínimo de 240 créditos europeos.
  • No encontrarse afectado por procedimiento administrativo o judicial que sea o pueda ser incompatible con el ejercicio de sus funciones.
  • Haber abonado la tasa que se fija en la cantidad de 29,56 euros, tal y como establece la Ordenanza Fiscal nº 30 del Ayuntamiento de Cuenca. Dicha cantidad se ingresará en la Cuenta bancaria de unicaja nº ES10 2103 7403 1300 3000 3422 de titularidad municipal.

Las solicitudes de participación deberán ir acompañadas, en su presentación, por los siguientes documentos:

  • Fotocopia del Documento Nacional de Identidad en vigor.
  • Recibo de haber abonado la Tasa. El cumplimiento de este requisito deberá realizarse inexcusablemente dentro del plazo de presentación de instancias, no siendo posible la subsanación, ni total ni parcial del mismo, fuera de dicho plazo, admitiéndose exclusivamente en fase de subsanación la acreditación de su realización en el plazo indicado.
  • Documentación acreditativa de los méritos alegados. Los méritos alegados en experiencia profesional: se acreditarán mediante certificados de servicios. Los méritos alegados en formación: únicamente se valorarán acciones formativas relacionadas con las funciones propias del puesto y de Formación Profesional, Universitarias y de Expertos y Máster Universitarios debidamente acreditadas que hayan sido impartidos por Centros Oficiales y demás Administraciones Públicas, centros acogidos al Plan de Formación continua de las Administraciones Públicas, Universidades o Colegios Profesionales o bien por cualquier organismo público o privado oficialmente reconocidos, y que se acrediten mediante título, certificado o diploma.

Las solicitudes de participación deberán ir acompañadas, en su presentación, por los siguientes documentos:

  • Fotocopia del Documento Nacional de Identidad en vigor.
  • Recibo de haber abonado la Tasa. El cumplimiento de este requisito deberá realizarse inexcusablemente dentro del plazo de presentación de instancias, no siendo posible la subsanación, ni total ni parcial del mismo, fuera de dicho plazo, admitiéndose exclusivamente en fase de subsanación la acreditación de su realización en el plazo indicado.
  • Documentación acreditativa de los méritos alegados. Los méritos alegados en experiencia profesional: se acreditarán mediante certificados de servicios. Los méritos alegados en formación: únicamente se valorarán acciones formativas relacionadas con las funciones propias del puesto y de Formación Profesional, Universitarias y de Expertos y Máster Universitarios debidamente acreditadas que hayan sido impartidos por Centros Oficiales y demás Administraciones Públicas, centros acogidos al Plan de Formación continua de las Administraciones Públicas, Universidades o Colegios Profesionales o bien por cualquier organismo público o privado oficialmente reconocidos, y que se acrediten mediante título, certificado o diploma.

Puede consultar más información aquí.