La Junta impide desde el domingo la apertura de locales de juego a menos de 300 metros de los colegios

El reglamento aprobado prohíbe la publicidad en general y obliga a imponer sistemas de control de acceso a los locales de juego, entre otros

El Consejo de Gobierno ha aprobado este martes el decreto del régimen administrativo del juego en Castilla-La Mancha, es decir, el reglamento que va a desarrollar los principales preceptos de la nueva Ley del Juego. Ambas normas entrarán en vigor el 30 de enero, con el fin principal de “garantizar una mejor ordenación de la industria del juego en la región para que esta actividad sea moderada y responsable”, a la vez que “compatible con la protección de las personas usuarias y, muy especialmente, de los colectivos más sensibles”, apunta la Junta en nota de prensa.

El consejero de Hacienda y Administraciones Públicas, Juan Alfonso Ruiz Molina, que ha informado en rueda de prensa de los asuntos del Consejo de Gobierno relacionados con este departamento, ha explicado que este decreto “pone el énfasis en la prevención, el fomento del juego responsable, la inspección y control y la compatibilización de la protección de los más vulnerables, como los menores de edad o personas con problemas de ludopatía, con el desarrollo de esta actividad económica”.

Estas son las novedades que recoge este instrumento normativo respecto al actual desarrollo reglamentario del sector:

Prohibición general de la publicidad. Se prohíbe la publicidad en general, así como las promociones tales como obsequios, regalos consumiciones gratuitas o por precio inferior al de mercado, con unas excepciones muy tasadas, como la realizada en el interior de los propios locales de juego, aquélla que se inserta en publicaciones específicas dirigidas al sector o las de patrocinio. En cualquier caso, para la publicidad que está permitida se necesitará autorización administrativa.

Distancia mínimas entre locales y a los centros educativos. La segunda novedad es el desarrollo de los criterios de medición de las distancias mínimas establecidas en la Ley entre este tipo de instalaciones y los centros de enseñanza. En este contexto, se estipula una distancia mínima de 150 metros entre locales de juego y de 300 metros respecto a centros educativos, salvo donde se imparta exclusivamente educación infantil o primaria.

No obstante, la limitación en cuanto a las distancias no afecta a los establecimientos que ya están autorizados, pero sí cuando vayan a solicitar la renovación. En este sentido, se establece un régimen transitorio, pero, en cualquier caso, el 31 de diciembre de 2028 se han de cumplir los requisitos de ubicación de todos los locales que estén en funcionamiento en la región.

Sistemas de control de acceso a los locales de juego. Se fijan las condiciones que deben reunir los sistemas de control de acceso a los locales, de forma que cada una de las entradas de las que disponga el establecimiento cuente con un sistema automatizado destinado a impedir el paso de aquellas personas que lo tengan prohibido y que estará conectado en todo momento con el Registro de Interdicción de Acceso al Juego de esta comunidad autónoma.

Una regulación más detallada del registro de jugadores prohibidos. La cuarta novedad está relacionada con la anterior y es que el decreto también incluye las modificaciones exigidas en la nueva Ley para el más correcto funcionamiento del Registro General de Juegos, en lo que respecta a una regulación más detallada del Registro de Interdicción o de prohibidos, con la finalidad de reforzar la protección a los ciudadanos que piden voluntariamente que se les impida acceder a este tipo de establecimientos.

El titular de Hacienda y Administraciones Públicas ha hecho hincapié en que “Castilla-La Mancha ha sido la primera comunidad autónoma que ha suscrito un convenio con el Ministerio de Hacienda para automatizar la interconexión de nuestro registro de interdicción con el del Estado, permitiendo que a todas aquellas personas que lo soliciten se les pueda prohibir la entrada a estos locales, no sólo en nuestra región, sino a nivel nacional”.

Horario fijo para los establecimientos. Otra de las novedades es que se establece un horario fijo para la apertura y cierre de los establecimientos de juego: de 9 de la mañana a 2 de la madrugada, ampliándose hasta las 3 los viernes, sábados y vísperas de festivos.

Según ha señalado Ruiz Molina, “el decreto regula la composición y el funcionamiento de dos importantes órganos”. El primero es la Comisión del Juego de Castilla-la Mancha, que se define como un órgano colegiado de carácter consultivo y de asesoramiento de las actividades relacionadas con el juego en la comunidad autónoma, adscrito a la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas. Entre sus competencias estarán emitir, con carácter preceptivo, dictámenes sobre anteproyectos de ley y proyectos de decreto en la materia, elaborar dictámenes e informes, resolver consultas y promover la coordinación de las actuaciones relacionadas con el juego desarrolladas por la Administración regional.

En segundo lugar, está el Observatorio del Juego Responsable, que se configura como un órgano permanente de la Comisión del Juego de Castilla-La Mancha, “con el fin de proponer todas aquellas políticas públicas encaminadas hacia la prevención y buenas prácticas del juego”, ha precisado el consejero. Entre sus funciones estarán promover y elaborar estudios e informes que analicen el impacto del juego en la sociedad y fomentar actuaciones dirigidas a la sensibilización, información y difusión de las buenas prácticas del juego, además de realizar campañas preventivas y educativas en colaboración con otras administraciones públicas y organismos públicos o privados.