El Ayuntamiento de Priego aprueba una ordenanza para regular los residuos de las granjas porcinas

La norma, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), prohíbe el vertido de purines durante tres meses al año y los aleja a 2,5 km del casco urbano

Ayuntamiento de Priego

El Ayuntamiento de Priego ha aprobado una ordenanza municipal para regular la gestión y evacuación de residuos de ganadería porcina intensiva, en cumplimiento del acuerdo alcanzado en el Pleno municipal celebrado el pasado 3 de marzo de 2020.

Según publica el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de este lunes, 16 de marzo, el préambulo de la normativa municipal establece que se «promulga la presente ordenanza, al ser bien conocido el impacto negativo de los residuos agrícolas y ganaderos, líquidos y semilíquidos, y en especial los purines, sobre las aguas superficiales y subterráneas». Así el Artículo 1 de la norma municipal precisa que «la presente Ordenanza tiene por objeto la regulación del almacenamiento, transporte, vertido y distribución en fincas rústicas en los suelos agrícolas del municipio de Priego de los purines de granjas de ganado porcino, excluidos los generados en corrales domésticos de pequeña entidad. Todo ello con el fin de crear y conservar un entorno limpio y favorable para la vida, el ocio, el descanso y el trabajo, protegiendo la salud de la población». Priego ya cuenta con una granja porcina en funcionamiento y una segunda se encuentra en trámites para comenzar su actividad.

Entre las limitaciones que establece la ordenanza elaborada por el Ayuntamiento de Priego figura que «está prohibido absolutamente el vertido de purines del 15 de Junio a 15 de Septiembre» así como los sábados, domingos, festivos y sus vísperas, así como los días de celebración de las fiestas patronales del municipio; durante los periodos de abundante lluvia, terrenos cubiertos de nieve, así como sobre parcelas con pendiente inferior al 10%. Además, que prohibido el encharcamiento y la escorrentía de purines fuera de la finca rústica de labor.

El texto también precisa que «únicamente se podrá verter purín en fincas rústicas de labor, y éstas tendrán que estar situadas a una distancia mínima de 2,5 km del casco urbano y suelo urbanizable o de instalaciones vinculadas con el turismo u otras similares a las que pudieran perjudicar los malos olores generados desde el día 16 de Septiembre hasta el 14 de Junio».

El régimen sancionador establece multas que osilan entre los 100 euros de las leves hasta los 6.000 euros de las muy graves.