Piden cinco años y ocho meses de prisión a tres acusados por estafa en operaciones de compraventa de ajos

Los presuntos autores contrajeron una deuda cercana a los 670.000 euros en las campañas de 2027 y 2018.

La Audiencia Provincial de Cuenca celebra este miércoles a las 10:00 horas el juicio oral contra tres personas acusadas de un delito de estafa relacionado con operaciones comerciales de compraventa de ajo. El Ministerio Fiscal ha pedido para cada uno de los presuntos autores una pena de cinco años y ocho meses de prisión, además de una multa de 12 meses con una cuota diaria de 10 euros. También se solicita la inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

Según el escrito de la Fiscalía, los hechos se remontan a las campañas agrícolas de 2016, 2017 y 2018. El principal acusado, actuando como apoderado y gerente de la empresa Car Garlic, habría adquirido en 2016 una partida de 100.000 kilos de ajo blanco nacional, abonando correctamente el precio con el objetivo de generar una apariencia de solvencia.

Posteriormente, en las campañas de 2017 y 2018, y apoyándose en esa imagen de fiabilidad, el acusado —presuntamente en connivencia con los otros dos implicados— habría adquirido la totalidad de la producción de ajo chino de unos proveedores, generando una deuda de 606.975 euros. Además, compró otros 100.000 kilos de ajo morado a un tercero, con una deuda adicional de 91.260 euros.

Como parte de la operativa, se emitieron tres pagarés de 30.000 euros cada uno, que resultaron impagados por falta de fondos en el momento de su vencimiento. El Ministerio Fiscal sostiene que los acusados no tuvieron intención real de hacer frente a los pagos en ningún momento. Los hechos según la Fiscalía son constitutivos de un delito de estafa penado en los artículos 248 en relación con el artículo 249 del Código Penal y el artículo 250.1.5o del mismo texto legal.

La Fiscalía señala a los acusados como autores de los mismos a tenor del artículo 28 del Código Penal y expone que no concurren circunstancias modificativas de la responsabilidad penal en ninguno de los acusados. Por ende, el Ministerio Fiscal pide una pena de prisión de cinco años y ocho meses, una multa de 12 meses de duración con pago de diez euros diarios, así como la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. También deberán abonar las costas procesales, de conformidad con el artículo 123 del Código Penal e indemnizar a los perjudicados en la cantidad que se determine en ejecución de sentencia. La cuantía
debida se incrementará en lo correspondiente a los intereses legales debidos.