Anulada judicialmente una sanción del Ayuntamiento de Cuenca por el impago de la ORA durante el confinamiento

La sentencia indica que una vez que se decreta el estado de alarma el 14 de marzo de 2020 y se establecen limitaciones a la libertad de circulación, las limitaciones al estacionamiento carecen de sentido y eficacia.

El Juzgado Contencioso-Administrativo nº 1 de Cuenca ha declarado nula una sanción del Ayuntamiento de Cuenca por el impago de la ORA durante el confinamiento, considerándose la impugnación presentada por un ciudadano sobre la resolución del Ayuntamiento de Cuenca de fecha 3 de agosto 2020, por la que se imponía una sanción de 80 euros, por estacionar sin título habilitante.

En el fallo judicial se dice que la parte actora como fundamento de su pretensión, que el 14 de marzo de 2020 se proclama el estado de alarma; que el 17 de marzo de 2020 se publica el R.D.Ley de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social ocasionado por el Covid-19, que el 18 de marzo de 2020 acude a su trabajo en su vehículo particular, y se le impone la denuncia ORA; que el 25 de marzo de 2020 el Ayuntamiento suspende el servicio de la hora.

El juzgado indica que «a la vista de las circunstancias descritas, una vez que se decreta el estado de alarma en fecha 14 de marzo de 2020 y se establecen limitaciones a la libertad de circulación, salvo concretas circunstancias debidamente acreditadas, considera este juzgador que las limitaciones establecidas al estacionamiento, y que determinan el abono de la tasa que nos ocupa, regular el estacionamiento, con una duración limitada, para permitir el mismo en lugares determinados de la ciudad, carece de sentido, y pierde toda su eficacia, cuando la finalidad pretendida pierde sentido, desde el momento que se confina a la población y se restringe la circulación».

Para el juzgador y desde esa perspectiva, continúa el fallo, es improcedente «exigir una tasa en tales condiciones excepcionales, que exige además utilizar unos dispensadores, sin las debidas medidas de seguridad e higiene, con riesgo de contagio de la enfermedad».

Valoración de ‘Cuenca Marcha!’

El grupo municipal ‘Cuenca, en Marcha!’ ha valorado esta sentencia sentencia asegurando que «viene punto por punto a darnos la razón en lo que dijimos desde el día uno; que no era procedente mantener activo el servicio de la ORA durante el estado de alarma y luego el propio alcalde nos dio la razón suspendiéndolo cuando en un principio dijo que no se podía».

‘Cuenca en Marcha!’ considera que el Ayuntamiento debe devolver las multas interpuestas durante el confinamiento «si no quiere seguir perdiendo en los tribunales”, haciendo alusión a «casos sangrantes como el de una sanitaria contagiada que nos contactó porque había sido multada hasta en tres ocasiones al no poder salir de casa a mover su vehículo».