Interceptado en Motilla el conductor de un camión que casi sextuplicabla la tasa de alcohol permitida

La actuación se produjo tras el aviso de un ciudadano que, mediante llamada telefónica al 112, informó que una persona con síntomas de haber bebido había cogido el vehículo

La Guardia Civil del Destacamento de Tráfico de Motilla del Palancar investigó en la noche del 16 de noviembre a un varón de 48 años por la comisión de un delito contra la seguridad vial al ofrecer resultado positivo en las pruebas de alcoholemia, de 0,86 y 0,90 miligramos de alcohol por litro de aire espirado. Fue interceptado cuando conducía un camión articulado por la carretera N-3 (Madrid – Valencia) con claros síntomas de encontrarse influenciado por la ingesta de bebidas alcohólicas.

La actuación se produjo tras el aviso de un ciudadano que, mediante llamada telefónica al 112, informó que una persona con síntomas de haber bebido conducía un camión. Desde el centro de urgencias se pasó aviso a la central COTA de la Guardia Civil de Tráfico que alertó a una patrulla logrando detener al vehículo articulado, a la altura del pk199 de dicha vía, dentro del término municipal de Motilla del Palancar. En el momento de la interceptación, el vehículo habría recorrido unos 20 kilómetros desde que inició la conducción.

Tras la realización de las pruebas de detección de bebidas alcohólicas, se procedió a la investigación del conductor como supuesto autor de un delito contra la seguridad vial, por “conducir un vehículo a motor o ciclomotor con una tasa de alcohol superior a 0,60 mg/l de aire espirado”; remitiendo las diligencias al Juzgado de Instrucción de Guardia de los de Motilla del Palancar (Cuenca).

Se recuerda que la tasa de alcohol permitida para conducir este tipo de vehículos es de hasta 0,15 mg/l de aire espirado, pasando a ser delito, cuando la cantidad supera 0,60 mg/l.

El conductor se enfrenta a penas que pueden ser de prisión de 3 a 6 meses o con multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y, en cualquier caso, con la privación del derecho a conducir vehículos a motor o ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.