La Audiencia Provincial de Cuenca juzga este jueves a las 10:00 horas a un joven de 25 años sin antecedentes penales acusado de un delito de homicidio en grado de tentativa por apuñalar presuntamente a su exjefe en una empresa de la provincia. Según el escrito de acusación de la Fiscalía los hechos se remontan al 1 de diciembre de 2023. Sobre las 13:00 horas, el acusado acudió a las instalaciones de la empresa en la que había sido despedido el día anterior, dirigiéndose al despacho del jefe de logística, a quien presuntamente insultó diciéndole «hijo de puta» y golpeó con la cabeza antes de propinarle un empujón.
Instantes después, ya en el exterior del despacho y a escasos metros, le habría asestado una puñalada en el abdomen con un objeto punzante tipo navaja, con la «evidente intención de atentar contra su vida» según asegura el escrito del Ministerio Fiscal. A consecuencia, la víctima sufrió una herida por arma blanca en la zona bajo el costado izquierdo que penetró en la cavidad abdominal, provocándole perforación del colon transverso y una laceración en el lóbulo hepático izquierdo, con hemorragia intraabdominal. Fue necesaria una intervención quirúrgica urgente mediante laparoscopia para suturar la perforación, realizar hemostasia y colocar drenajes.
El perjudicado tardó 36 días en curar de sus lesiones, de los cuales 27 fueron de perjuicio moderado y 9 de perjuicio grave. Como secuelas le han quedado cicatrices en el abdomen que los forenses valoran como un perjuicio estético ligero. Durante su recuperación, la víctima precisó de curas periódicas y analgésicos/antiinflamatorios. Las secuelas a consecuencia de la agresión son sendas cicatrices en la zona inferior derecha del abdomen así como en la zona superior y lateral izquierda del abdomen de 4 centímetros con señales residuales en la piel tras la cicatrización de los puntos. Ambas cicatrices se consideran determinantes de un perjuicio estético ligero.
La Fiscalía califica los hechos como un delito de homicidio en grado de tentativa, previsto en el artículo 138.1 del Código Penal en relación con los artículos 16 y 62 del mismo texto legal, y considera al acusado autor de los hechos de conformidad con el artículo 28 del Código Penal, sin que concurran circunstancias modificativas de la responsabilidad penal.
El Ministerio Fiscal ha pedido para el acusado seis años de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Asimismo solicitan la prohibición de acercarse a la víctima a una distancia inferior a 1.000 metros, así como a su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro lugar frecuentado por el mismo, se encuentre o no en dicho lugar, y de comunicarse con él por cualquier medio por un tiempo de 10 años.
En concepto de responsabilidad civil, el procesado deberá indemnizar a la víctima por las lesiones con perjuicio grave en la cantidad de 963 euros, a razón de 107 euros el día y por las lesiones con perjuicio moderado en la cantidad de 1.998 euros, a razón de 74 euros al día, conforme al baremo establecido, aumentado en un 20% al ser dolosas las lesiones causadas, así como en la cantidad de 6.915 euros por las secuelas, teniendo en cuenta la normativa y edad del perjudicado al tiempo de los hechos, 53 años, aumentado en un 20% al ser dolosas las lesiones causadas.












