El Ministerio de Sanidad aclara que no será obligatorio usar la mascarilla para hacer deporte

Este jueves entra en vigor la orden que regula el uso obligatorio de mascarilla cuando no sea posible mantener la distancia interpersonal de dos metros.

Europa Press /vocesdecuenca.es

El director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias (CCAES), Fernando Simón, se ha mostrado comprensivo este miércoles en cuanto al uso obligatorio de mascarillas a la hora de hacer deporte. «Tenemos que ser razonables. Si se hace un deporte de alto esfuerzo es muy difícil hacerlo con algún tipo de mascarillas», ha explicado. En ese contexto, ha apuntado que «lo importante es llevarla en el bolsillo» para usarla una vez se finalice esta actividad deportiva para los momentos posteriores en los que no se pueda guardar la distancia de dos metros.

El Ministerio de Sanidad ha sido más rotundo posteriormente indicando que no es obligatorio usar la mascarilla para hacer deporte.

Este jueves entra en vigor la orden que regula el uso obligatorio de mascarilla cuando no sea posible mantener la distancia interpersonal de dos metros. Así, se establece que las personas de seis años en adelante deberán llevarla cuando se de esa circunstancia en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público.

La Orden señala que es también recomendable para los niños de entre 3 y 5 años y que preferentemente deberán usarse las mascarillas higiénicas y quirúrgicas, que cubran nariz y boca.

No será exigible su uso en las personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por su uso, las que tengan motivos de salud debidamente justificados o aquellas que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que lo hagan inviable. Además, el texto indica que no será exigible tampoco en el desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible su uso o si existe una causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

Tampoco será obligatorio en el desarrollo de actividades que resulten incompatibles, tales como la ingesta de alimentos y bebidas.

Policía

El Ministerio del Interior ha dado instrucciones a los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para que informen a los ciudadanos de la obligatoriedad de cumplir con la Orden de Sanidad que regula el uso de la mascarilla para prevenir el coronavirus, pudiendo multar a aquellos que no atiendan al requerimiento de los agentes.

Según informan fuentes de Interior, las indicaciones del departamento que dirige Fernando Grande-Marlaska se llevan a cabo en aplicación de la Orden SND/422/2020, de 19 de mayo, por la que se regulan las condiciones para el uso obligatorio de mascarilla en espacios cerrados y en público, siempre que no se pueda mantener la distancia social mínima de dos metros.

Durante los primeros días, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad potenciarán la función pedagógica. De este modo, cuando los agentes tengan conocimiento de supuestos de incumplimiento de la Orden del Ministerio de Sanidad, requerirán a la persona que cometa ese incumplimiento que proceda a ponerse la mascarilla o que se retire a una zona en la que sea posible mantener la distancia de seguridad interpersonal.

Las citadas fuentes subrayan que si el incumplimiento se produce en espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público, se requerirá a la persona que abandone dicho espacio. Si la persona no atienden al requerimiento, se podrá proceder a realizar una propuesta de sanción por la vía del artículo 36.6 de la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana, la conocida como ‘ley mordaza’.