Un acusado de exhibicionismo y agresiones sexuales a una menor se enfrenta a 24 años de cárcel

El procesado es hermano de la expareja de la madre de la víctima y aprovechó esa relación familiar, según la Fiscalía

La Sección Número 1 de la Audiencia Provincial de Cuenca acogerá el próximo lunes a las diez de la mañana el juicio oral contra M.O.V.P. para el que el Ministerio Fiscal pide un total de 24 años de prisión por la presunta comisión de dos delitos de agresión sexual a una meno (uno de ellos con carácter continuado) y un delito de exhibicionismo. El caso, tramitado bajo el procedimiento ordinario, procede originalmente del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 1 de San Clemente.

Según el escrito de conclusiones provisionales de la fiscal, el acusado, nacido en Pontevedra en 1974, posee antecedentes penales computables a efectos de reincidencia. El procesado es hermano de la expareja de la madre de la víctima. El documento detalla que los abusos ocurrieron aprovechando la relación de confianza familiar a lo largo de casi una década, comenzando en las Navidades de 2012 cuando la víctima tenía cinco años. En esa ocasión, el acusado la llevó presuntamente al baño del domicilio común y, guiado por el ánimo de satisfacer su apetito sexual, la obligó a practicarle una felación.

Años después, en las Navidades de 2019, durante una estancia de una semana y media en la vivienda de la niña, el procesado aprovechó la misma situación de confianza para llevar a la menor, que entonces tenía 12 años, a la cocina durante la noche. El escrito relata que la penetró vaginalmente, le introdujo los dedos en la vagina y la forzó a realizarle felaciones, llegando a eyacular en su interior, unos actos que presuntamente se repitieron todas las noches que permaneció en el inmueble. Finalmente, el 11 de agosto de 2021, la menor, con 14 años, recibió una videollamada telefónica procedente del número del acusado, en la cual este le exhibió su cuerpo desnudo y su miembro de manera lasciva. Los hechos fueron denunciados al día siguiente, y desde entonces la menor ha precisado tratamiento y atención psicológica especializada.

La Fiscalía encuadra estas conductas dentro del Código Penal, aplicando la reforma de 2022, al considerarla más beneficiosa para el reo, y señala que no concurren circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Por la primera agresión de 2012, la acusación pide una pena de 11 años de prisión, junto con la inhabilitación absoluta durante la condena, ocho años de inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad o tutela, 20 años de inhabilitación para cualquier profesión con contacto directo con menores, y ocho años de libertad vigilada. También pide para este delito la prohibición de comunicarse y de aproximarse a menos de 500 metros de la víctima por un periodo de 17 años.

Respecto al delito continuado de agresión sexual de 2019, la petición fiscal se eleva a 12 años de prisión, con idénticas accesorias de inhabilitación absoluta, de ocho años de inhabilitación para la patria potestad, de 20 años para actividades con menores y de ocho años de libertad vigilada. En este caso, la prohibición de comunicación y la orden de alejamiento a menos de 500 metros se extienden hasta los 20 años. Por último, por el delito de exhibicionismo de 2021, la Fiscalía solicita un año de cárcel, la inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo, ocho años de inhabilitación para profesiones vinculadas a menores y tres años de libertad vigilada, además del pago de las costas procesales.

En el plano de la responsabilidad civil, la acusación pública reclama que el procesado indemnice a la víctima con 20.000 euros por los daños morales causados. Con el fin de proteger la intimidad y los derechos fundamentales de la menor, la fiscal ha solicitado que las sesiones del juicio se celebren a puerta cerrada y que se prohíba la divulgación de cualquier dato o imagen que pueda facilitar su identificación. Igualmente, plantea que la declaración de la víctima se realice evitando la confrontación visual con el acusado mediante el uso de tecnologías de comunicación u otros medios técnicos.

Por último, se pide que se notifique formalmente a la agredida el escrito de acusación y que se le consulte si desea ser informada en el futuro sobre las resoluciones de ejecución de la pena, como los permisos de salida o la clasificación de grado del acusado que puedan suponer su puesta en libertad.

Para la acreditación de los hechos en la vista, la Fiscalía propone la práctica de pruebas que incluyen el interrogatorio del procesado, la declaración testifical de la víctima y de cuatro de sus familiares directos, la citación de los agentes de la Guardia Civil responsables del atestado, y la ratificación del informe de valoración integral elaborado por una trabajadora social y una psicóloga forense de los juzgados.