El Ayuntamiento de Cuenca crea el puesto de Director de Asesoría Jurídica

El puesto está reservado a personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional en la subescala de secretaría-intervención.

El Ayuntamiento de Cuenca ha creado el puesto denominado “Director/a de Asesoría Jurídica”, reservado a personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional, siendo la libre designación la forma de provisión elegida. Este puesto, aprobado por la Viceconsejería de Administración Local y Coordinación Administrativa de Castilla-La Mancha, se clasifica en la subescala de secretaría-intervención.

Según recoge la resolución de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) de este miércoles, la creación del puesto fue aprobada por el Consistorio conquense en la Junta de Gobierno Local del 19 de diciembre de 2025, y se volvió a ratificar para que se clasificara en la subescala de secretaría-intervención el pasado 20 de enero.

El acuerdo de diciembre resolvió que las funciones que tendrá este nuevo director de Asesoría Jurídica serán:

a) Dirección del servicio de Asesoría jurídica, y en tal concepto le corresponde la dirección, coordinación e inspección de las funciones encomendadas a dicho servicio.
b) Asistencia jurídica a la Alcaldía, a la Junta de Gobierno Local y a los órganos directivos, sin perjuicio de las funciones de la Secretaría General del Pleno, la Vicesecretaría, el Titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local y al concejal-secretario de la misma en el ámbito de sus competencias.
c) Evacuación de informes jurídicos atribuidos en legislación sectorial. Emisión de informe jurídico y demás funciones que le atribuya la legislación de contratos del Sector Público, salvo las de formalización de los contratos, correspondiéndole en consecuencia la emisión de informe en los expedientes de contratación y los acuerdos sobre interpretación, modificación y resolución de los contratos.
d) La asistencia como vocal en las mesas de contratación o juntas de contratación del Ayuntamiento y de sus organismos autónomos.
e) La emisión del informe jurídico previo a la aprobación de convenios administrativos de colaboración cuya aprobación corresponda al Ayuntamiento y organismos autónomos(…)”.

La resolución se hará efectiva a partir de este jueves y contra ella se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, en el plazo de un mes a contar desde este jueves.