Aprobada definitivamente la ordenanza contra el botellón, que entrará en vigor en quince días

Según se detalla en el documento, no se han presentado reclamaciones al borrador durante el plazo de exposición al público.

El Boletín Oficial de la Provincia publica este viernes la aprobación de manera definitiva de la ordenanza reguladora de la actuación municipal para impedir la práctica del botellón en la ciudad de Cuenca. Según se detalla en el documento, no se han presentado reclamaciones al borrador durante el plazo de exposición al público, por lo que queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de fecha 28 de abril de 2025.

La normativa, según el texto definitivo, pretende dar respuesta a la importante demanda de intervención municipal que se viene interesando por la ciudadanía, determinándose la prohibición de la práctica del botellón por ser «perjudicial para la salud pública, sobre todo de los menores, y gravemente molestas para el vecindario las consecuencias derivadas de su práctica, además de dañar el espacio o entorno donde se produce».

Explica que son varios los lugares afectados por estos comportamiento, sobre todo de forma más grave en la zona de la Plaza de España, Parque del Huécar o Huertas de la Alameda «en los que se producen este tipo de asentamientos de manera periódica y reiterada, preferentemente durante los fines de semana, viéndose los vecinos de estas zonas en la obligación de soportar continuos y graves perjuicios, tales como: acumulación de grandes cantidades de residuos, ruidos insoportables y dificultad para transitar. Asimismo, se producen graves daños en bienes públicos y privados».

La aprobación de la ordenanza de forma inicial en el pasado pleno del mes abril, el borrador sufrió una modificación en su artículo dos a propuesta de la formación Cuenca en Marcha sobre la prohibición de beber en la calle bebidas procedentes de establecimientos hosteleros.

Objeto de regulación

Según la ordenanza municipal, se prohíbe la «práctica del botellón» en los espacios públicos de la ciudad de Cuenca. Esto se entiende a el consumo de bebidas, preferentemente alcohólicas en la calle o espacios públicos, por un grupo de personas, cuando como resultado de la concentración de personas, o de la acción de consumo, se pueda causar molestias a las personas que utilicen el espacio público y a los vecinos, deteriorar la tranquilidad del entorno o provocar en él situaciones de insalubridad.

Asimismo, se establece la prohibición de la «práctica del botellón» cuando pueda alterar gravemente la convivencia ciudadana, que se produce cuando, con independencia del número de personas concentradas, concurra alguna de las siguientes circunstancias:

  • Cuando por la morfología o naturaleza del lugar público el consumo se puede hacer de forma masiva por grupos de ciudadanos o ciudadanas o invite a la aglomeración de éstos.
  • Cuando el consumo se exteriorice en forma denigrante para los viandantes o demás usuarios de los espacios públicos.
  • Cuando los lugares en los que se consuma bebidas alcohólicas se caractericen por la afluencia de menores o la presencia de niños y niñas y adolescentes.

Las infracciones puedes ser leves, con multa de hasta 750 euros; graves, de hasta 1.500 euros; y muy graves, a de hasta 3.000 euros. Establece que el importe de las sanciones económicas obtenidas por la aplicación de esta ordenanza deberá destinarse íntegramente a financiar programas municipales de ocio para jóvenes. Asimismo, las multas podrán ser suspendidas si el infractor acepta la realización de trabajos o actividades en beneficios de la comunidad que se establezcan por el Ayuntamiento; o participa en cursos que pudieran impartirse sobre la prevención del consumo de alcohol y conocimiento de sus efectos sobre la salud.

La ordenanza municipal antibotellón entrará en vigor a los 15 días de la publicación íntegra de su texto definitivo en el Boletín Oficial de la Provincia.