Dudas y respuestas sobre las excepciones que permiten moverse 22:00 a 7:00 horas

¿Puedo tirar la basura? ¿Está permitido el reparto de comida a domicilio? ¿Y desplazarse a una farmacia?

Si en la pasada entrega ofrecíamos una guía de preguntas y respuestas sobre las excepciones a la prohibición de salir o entrar de un municipio, en esta nos centramos en las del toque de queda que, tras la entrada en vigor del Nivel 3 reforzado en Castilla-La Mancha, esta establecido entre las 22:00 y las 7:00 horas de lunes a domingo en todo el territorio autonómico.

Las personas únicamente podrán circular por las vías o espacios de uso público para la realización de las siguientes actividades:

-Adquisición de medicamentos, productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad.

-Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

-Asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia.

-Cumplimiento de  obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.

-Retorno al lugar de residencia habitual tras realizar algunas de las actividades previstas en este apartado.

-Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

-Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

-Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.

-Repostaje en gasolineras o estaciones de servicio, cuando resulte necesario para la realización de las actividades previstas en los párrafos anteriores.

Sobre las dudas respecto a lo que queda fuera o dentro de este listado la Junta de Comunidades ha elaborado un documento de carácter orientativo, no normativo, cuyo contenido más relevante se reproduce extractado con leves modificaciones de carácter formal.

Preguntas frecuentes:

¿Es posible que los hoteles u otros establecimientos de alojamiento ofrezcan servicio de cena más allá de las 22:00 horas?

Sí, siempre que el servicio se destine a clientes alojados en el establecimiento, de tal manera que, al finalizar el servicio, no discurran por vías o espacios públicos para llegar a sus respectivas habitaciones.

¿Es posible hacer el registro de entrada (check in) en un establecimiento de alojamiento más allá de las 22:00 horas?

Sí, siempre que esa entrada a la hora indicada esté motivada por alguna de las excepciones a la circulación en horario nocturno que se contemplan, como, por ejemplo, situación de necesidad.

¿Es posible repartir comida a domicilio más allá de las 22:00 horas?

No. Tiene que estar finalizada dicha prestación de servicio a las 22.00 horas. De hecho en Cuenca ya ha habido alguna propuesta de multa por este motivo.

¿Puedo bajar la basura entre las 22:00 horas y las 7:00 horas?

No, ya que no se considera una excepción a la limitación de la libertad de circulación.

¿Puedo pasear al perro entre las 22:00 horas y las 7:00 horas?

No se considera una excepción a la limitación de la libertad de circulación, con carácter general.

¿Está permitido la realización de actividades agrícolas y ganaderas entre las 22:00 y las 7:00 horas?

Sí. Está permitido como cumplimiento de una obligación laboral o empresarial.

¿Hasta qué hora puede desarrollarse una actividad permitida de las Medidas Nivel III reforzado?

Toda actividad permitida, deberá con carácter general, contemplar su finalización antes de las 22:00 horas, a fin de que las personas puedan volver a su residencia habitual en el horario permitido.

¿Puedo ir a la farmacia después de las 22 horas?

Sí, tanto para adquirir medicamentos o productos sanitarios como bienes de primera necesidad que puedan dispensarse.