Ambulancias Conquenses celebra una sentencia favorable del Supremo negando subrogación

La empresa conquense lamenta "la incertidumbre" vivida estos años, así como denuncia "los injustificados ataques que se han vivido, señalando que la actitud de determinadas personas ha perjudicado a empresas y trabajadores".

Ambulancias Conquenses Servicio Sanitario S.L. Asistencia Conquense S.L. celebra que el Tribunal Supremo haya estimado su recurso y haya negado la existencia de subrogación en la adjudicación del Transporte Sanitario en 2012.

El despacho Iustime de Cuenca ha sido el que ha llevado este litigio en el que finalmente el tribunal acoge como doctrina correcta la que se recoge en la sentencia publicada el pasado 12 de mayo.

La empresa conquense lamenta «la incertidumbre» vivida estos años, así como denuncia «los injustificados ataques que se han vivido, señalando que la actitud de determinadas personas ha perjudicado a empresas y trabajadores».

Especifica Ambulancias Conquenses que se ha sentido dañada «por la actitud del Ángel Luis Castellano Bobillo, responsable del Transporte Sanitario de Comisiones Obreras en Cuenca y de responsable regional en este sector, Alfonso Tercero».

En este caso, aseguran que «se ha mancillado sin escrúpulo, y faltando a la verdad, el buen nombre de la empresa y añaden que han hecho todo lo posible para que la administración ignorara la existencia de la empresa, perjudicando el interés de los trabajadores».

Inacción

Apunta esta compañía que la inacción de estas personas ha producido una pérdida económica de los trabajadores  «y es que estaban dispuestos a resolver desde el año 2016, incidiendo en que Comisiones Obreras y estas personas siempre tuvieron la solución del conflicto en su mano».

Recuerda Asistencia Conquense S.L. que el 13 de diciembre de 2012 se llegó a un acuerdo de mediación por el que los sindicatos Comisiones Obreras y UGT se comprometían a comunicar la composición de la representación sindical existente y que a aportar toda las reclamaciones judiciales existentes, colectivas e individuales, e informar de la situación y los salarios pendientes de pago, pero denuncian desde esta compañía conquense que nada hicieron al respecto.

La empresa matiza que UGT sí defendió los intereses de los representados y cerró la negociación en 2016, proponiéndose la misma negociación a Comisiones Obreras, pero desvela que en este caso, en la negociación con este sindicato, «todo pacto estaba supeditado a la readmisión de un determinado trabajador».

Por lo tanto, Ambulancias Conquenses lamenta que no se tuvieran en cuenta los derechos y cantidades que correspondían a los más de 150 trabajadores de la empresa del servicio urgente, y el de sus afiliados en particular.

Asimismo, denuncian que en su día «se pidió irresponsablemente la extinción del contrato de concesión por parte del SESCAM a esta empresa conquense con una estrategia que finalmente no les ha conducido a nada», explican.

Del mismo modo, comentan que el sindicato «debía de haber denunciado a la empresa saliente por despido y hubieran obtenido una clara improcedencia algo que los trabajadores también han perdido y de otro lado haber alcanzado un acuerdo como lo hizo UGT, habiendo obtenido una cuantía respetable en el período de 2012 a 2016, todo ello documentado y con unas cantidades que suponían una cifra superior a los 700.000 euros».

Además, lamentan que estos responsables de Comisiones Obreras hayan emitido una nota informativa en al que se señalan que la sentencia no entra en el fondo del asunto, algo que no comparte Ambulancias Conquenses al señalar la sentencia que no existe subrogación si no se cumplen las normas «y que la empresa amplió para que los sindicatos aportaran documentación y nunca lo hicieron».

Aclaran que la sentencia establece que nada tiene que ver el tipo de contratos de los empleados de Cuenca y Guadalajara y los resultados jurídicos en el Tribunal Superior en un sentido u otro porque el Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que “unifica la doctrina”.