La forma de hacer y de ver deporte ha sido objeto de cambio en el Decreto 49/2020 del 21 de agosto. En cuanto a la celebración de eventos deportivos con público, podrán acudir un máximo de 100 personas a lugares cerrados y de 300 personas en actividades al aire libre, sin superar en ambos casos el 75% del aforo permitido.

En lo que respecta a la práctica de deporte, a día de hoy, se podrá realizar actividad física al aire libre en grupos de un máximo de diez personas manteniendo la distancia de seguridad.

En ambos aspectos las restricciones se han hecho mayores después de los cambios establecidos en este Decreto Ley. En el caso del deporte en grupo, desde el 19 de julio de 2020, lo podían practicar de forma conjunta hasta 25 personas, siempre y cuando se respetaran las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias, especialmente el mantenimiento de la distancia.

El anterior decreto marcaba los eventos deportivos se podrían celebrar con público siempre que estos permanecieran sentados, que no superase el 75% del aforo permitido y que, en caso de lugares cerrados, no superase las 300 personas y en sitios al aire libre las 1.000 personas.