Una nueva sentencia avala el permiso parental retribuido a un trabajador del hospital de Cuenca

El CSIF se ampara en la sentencia y señala que este derecho debe estar “suficientemente bien remunerado para poder mantener un nivel de vida digno”

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Cuenca emitió una nueva sentencia a fecha 30 de abril 2025 en la que reconoce el permiso parental retribuido para un facultativo del Hospital Virgen de la Luz de Cuenca al que le fue denegada la concesión de este derecho. Con este fallo judicial la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), consigue una segunda sentencia favorable para el derecho al permiso parental, derecho recogido en una directiva de la Unión Europa y que el Gobierno de España continúa sin regular.

La sentencia, al igual que la que se emitió en enero de este año en el mismo juzgado y también para personal del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam), reconoce que “la Directiva [Europea] está por encima de las normas nacionales” y reprende que la Gerencia de Atención Integrada (GAI) de Cuenca denegara el permiso amparándose en la “falta de desarrollo reglamentario” de la norma europea en la legislación española. El texto refiere que el Sescam debería haber concedido el permiso y fija una retribución de dos semanas más una indemnización de otras dos semanas por daños y perjuicios. La sentencia subraya que este derecho debe estar “suficientemente bien remunerado para poder mantener un nivel de vida digno”, algo que lleva al CSIF a subrayar que el Gobierno «debe regular el permiso parental para el cuidado de hijos menores de 8 años con su retribución de 8 semanas, tal y como marca la normativa europea».

El CSIF se convirtió el pasado mes de enero en primer sindicato en el conjunto de las administraciones públicas en lograr la primera sentencia en firme de toda España que reconocía este derecho de los trabajadores, tanto de las administraciones públicas como de la empresa privada. A pesar de estas victorias, la Central Sindical Independiente y de Funcionarios lamenta que tenga que ser la Justicia la que una vez más marque el camino en lugar de que el Gobierno regule de manera definitiva este derecho reflejado en la Directiva europea (UE) 2019/1158. Esta normativa reconoce hasta 8 semanas de permiso parental retribuido y fue parcialmente traspuesta por el Gobierno en el Real Decreto Ley 5/2023 sin expresarse sobre el desarrollo de este derecho con carácter retribuido. 

El Ministerio de Trabajo ha reconocido que España se enfrenta a una multa de casi 10 millones de euros por parte de Europa por no retribuir este derecho y en el Congreso de los Diputados se aprobó el pasado 13 de marzo una iniciativa instando al Gobierno a implementar en el plazo de un mes la retribución de este derecho. El Grupo Parlamentario Socialista y VOX votaron en contra de la moción señalando esta cuestión se regularía en las administraciones con una enmienda presentada al proyecto de Ley de Función Pública, pero reduciendo los tiempos a un permiso no superior a 8 semanas y con sólo 2 semanas retribuidas. Este planteamiento va en contra de la directiva europea, que marca un permiso de 4 meses con 8 semanas retribuidas. Del mismo modo, no se señaló el modo en que se actuaria con los trabajadores de la empresa privada.