Publicado el decreto que establece el cierre de Castilla-La Mancha desde este viernes

También se establece la rebaja del límite de reuniones a seis personas y se cambia el inicio del toque de queda a las doce de la noche

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha publica en su edición de este jueves el decreto de la Presidencia de la Junta por el que se establece el cierre perimetral de la comunidad desde este viernes, 30 de octubre, a las 0:00 horas. Tal y como había adelantado Voces de Cuenca, mañana ya no se podrá salir ni entrar de la autonomía salvo por causas justificadas como las actividades laborales, la asistencia a centros educativos o el cuidado de dependientes. La restricción mantendrá «su eficacia mientras esté declarado el estado de alarma». Al menos, por tanto, hasta el 9 de noviembre, cuando finaliza el decreto gubernamental que lo establece.

En el decreto, que firma el presidente Emiliano García-Page, también se establece que desde esa fecha la permanencia de grupos de personas en espacios de uso público, tanto cerrados como al aire libre, así como en espacios de uso privado, quedará condicionada a que no se supere el número máximo de seis personas, salvo que se trate de convivientes.

En el caso de las agrupaciones en que se incluyan tanto personas convivientes como personas no convivientes, el número máximo a que se refiere el párrafo anterior será de seis personas. Hasta ahora el límite estaba establecido en diez personas.

A partir de la próxima medianoche también entra en vigor el nuevo horario del toque de queda: se restringe la movilidad dentro de la comunidad autónoma desde las 0:00 hasta las 6:00, lo que supone retrasar en una hora el comienzo de esta limitación respecto a cómo se venía aplicando desde el domingo.

El decreto presidencial también rebaja al 40% el aforo de los espacios de culto cerrados, como las iglesias católicas, en todo el territorio castellano-manchego. En la ciudad de Cuenca se limitaba hasta ahora al 50% por las medidas especiales vigentes.

La permanencia de personas en lugares de culto en espacios al aire libre deberá garantizar la distancia de seguridad interpersonal y el resto de la normativa higiénico sanitaria sobre prevención y contención del COVID-19, no debiendo superar el número máximo de cien personas.

Consulta el decreto íntegro