El triunfo legislativo del guardia civil de San Clemente que no se resigna a dejar de trabajar por su incapacidad

El BOE ha publicado una reforma legislativa que pone fin a la extinción automática del empleo tras una incapacidad permanente, una norma inspirada en el caso del conquense Jacobo Barchín

La Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) celebra la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la Ley 2/2025, de 29 de abril, «una reforma legislativa de enorme trascendencia que pone fin a la extinción automática del empleo tras una incapacidad permanente, y reconoce el derecho de los trabajadores públicos, entre ellos los guardias civiles, a conservar su puesto mediante ajustes razonables o reubicación profesional».

«Esta ley, fruto directo de la labor constante de AUGC, fue aprobada recientemente en el Congreso de los Diputados, y su entrada en vigor supone la consolidación jurídica de un hito histórico que ya fue anticipado por AUGC el pasado 26 de marzo», señala..

Con esta reforma, se modifica el Estatuto de los Trabajadores y la Ley General de la Seguridad Social para establecer que la declaración de incapacidad permanente ya no podrá ser causa automática de despido. En su lugar, se impone la obligación de valorar posibles adaptaciones del puesto o el traslado a funciones compatibles, garantizando así el derecho al empleo de quienes, pese a su nueva condición, desean y pueden seguir prestando servicio.

Caso de Jacobo

En esta ley ha tenido que ver mucho el caso de Jacobo Barchín, un guardia civil con discapacidad natural de San Clemente al que se le denegó un puesto compatible en el Ministerio de Defensa. «La actitud de la Dirección General de la Guardia Civil y del propio Ministerio, que negaron alternativas de adaptación, supuso un ataque frontal a los derechos laborales y humanos de Jacobo, y evidenció la necesidad urgente de un marco legal que impidiera este tipo de arbitrariedades. Y ahora, gracias a esta ley, casos como el de Jacobo no volverán a repetirse», señala la AUGC.

Además,el alcance de esta ley no se limita a la Guardia Civil, según recoge la disposición final tercera, también se beneficiarán los integrantes de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, cuyos regímenes específicos deberán ser modificados por el Gobierno en el plazo máximo de doce meses.

Además, la ley contempla la suspensión de la relación laboral con reserva de puesto durante dos años mientras se valoran los ajustes o cambios de destino, lo que otorga seguridad jurídica y margen de maniobra a los afectados.