La patronal advierte que las sanciones por incumplir las medidas sanitarias oscilan entre 2.046 a 40.985 euros

Ceoe Cepyme Cuenca ha elaborado una circular en la que avanza que el Real Decreto del 7 de julio será vigilados por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y los funcionarios designados por las comunidades autónomas

Sede CEOE CEPYME.

Ceoe Cepyme Cuenca ha advertido que se vigilará cumplimiento de medidas de salud pública del Decreto del 7 de julio que afectan a los ámbitos de la vivienda y el transporte.

El incumplimiento de estas medidas constituirá una infracción grave que será sancionable por los órganos y con los procedimientos establecidos para las infracciones graves en materia de prevención de riesgos laborales. Todo lo anterior puede suponer sanciones por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social por importes desde 2.046 a 40.985 euros.

El Departamento Jurídico de la Confederación de Empresarios de Cuenca ha preparado esta circular en la que se serán los funcionarios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y los funcionarios habilitados por las comunidades autónomas los que harán las labores de vigilancia y control y extenderán las actas de infracción en su caso.

Así, este Real Decreto Ley establece medidas de salud pública como la adopción de medidas de ventilación limpieza y desinfección adecuadas a los centros de trabajo con arreglo a los protocolos establecidos. Del mismo modo, es obligatorio que haya disposición de agua y jabón o geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida, autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad.

Por otro lado, se establece la adoptación de condiciones de trabajo, como la ordenación de los puestos y organización de los turnos, así como el suso de lugares comunes para que se garantice la distancia de seguridad de un metro y medio ante los trabajadores y cuando no sea posible, deberá proporcionarse a los empleados equipos de protección adecuados al nivel de riesgo.

Es obligatorio también la adopción de medidas para evitar la coincidencia masiva de personas, tanto trabajadores como clientes en los centros de trabajo durante las franjas horarias de mayor afluencia.