Hace casi un siglo, España tuvo el nombre de Cuenca en la actualidad por su conocido crimen. En el año 1910, dos vecinos, León Sánchez Gascón y Gregorio Valero, fueron acusados en 1910 de asesinar a un pastor llamado José María Grimaldos, al que todos daban por muerto. Tras confesiones arrancadas bajo tortura, los dos vecinos pasaron más de diez años en la cárcel. Sin embargo, Grimaldos reapareció vivo en 1926 y el Tribunal Supremo declaró la inocencia de los acusados.
Lo más llamativo de aquella sentencia es que, aunque la ley no contemplaba compensar a quienes habían cumplido condena injustamente, se decidió indemnizarlos y hasta darles un empleo público. Fue una forma de aplicar lo que los jueces llamaron «justicia material por encima de la justicia formal», es decir, anteponer el sentido común a la letra rígida de la ley. Así, la sentencia rezaba entonces: «es indiscutible que el espíritu de aquel artículo no pueda encerrarse en los límites de las palabras», una máxima que invitaba a usar el sentido común en la aplicación de la ley sin ceñirse de manera estricta a lo que en esta se contemple.
El caso Grimaldos no solo marcó la memoria colectiva, sino que impulsó cambios legales. Tras aquella sentencia de 1926, se reformó la Ley de Enjuiciamiento Criminal para contemplar la indemnización a los condenados injustamente absueltos en revisión. También asentó el principio de que la justicia debe adaptarse al sentido común y no quedar atrapada en tecnicismos. Hoy, Carbonell recuerda ese legado para advertir de que cien años después se está olvidando que nadie inocente debe salir de la cárcel sin ser reparado.
El caso de Ahmed Tommouhi y sus paralelismos con el Crimen de Cuenca
Para la abogada Celia Carbonell ese episodio histórico debería servir hoy de guía, sin embargo sostiene que casi cien años después la realidad es la contraria. Así lo evidencia el caso de Ahmed Tommouhi, un ciudadano marroquí que fue detenido en 1991 en plena ola de agresiones sexuales en Cataluña. La única prueba en su contra fue la identificación de las víctimas, sin embargo un informe pericial de ADN que demostraba que no era culpable pasó desapercibido en el juicio. Pasó 15 años en prisión y terminó de cumplir la condena en 2009. No fue hasta 2023 cuando el Tribunal Supremo revisó la causa y lo absolvió.
Tras la absolución y ante una petición de indemnización Carbonell relata como el Ministerio de Justicia mientras la Audiencia Nacional rechazaba conceder dicha compensación, condenando incluso a Tommouhi a pagar las costas del proceso. Carbonell, quien fuera la letrada que asumió su defensa asegura que «en 1926 se entendió que no se podía dejar a dos hombres inocentes sin reparación. En 2025, después de 15 años de prisión, a Ahmed Tommouhi se le reconoce la inocencia pero se le niega la indemnización», algo a lo que se refiere como «una involución jurídica», afirma.
El paralelismo con el Crimen de Cuenca es, para Carbonell, evidente. En aquel entonces, el propio Ministerio de Justicia impulsó la revisión del caso y buscó fórmulas para reparar a los inocentes. Hoy, denuncia, «el sistema se opone, se esconde o guarda silencio». Más allá del caso de Ahmed, Carbonell reclama una reforma legal clara: que la indemnización sea automática cuando el Supremo anule una condena y declare la inocencia de alguien que ha pasado por prisión. Así la abogada sostiene que «la discusión debe ser sobre la cuantía, no sobre si se indemniza o no», insiste.

El espejo del tiempo, un referente para cambiar y evolucionar
De este modo, la abogada propone que sea el propio Tribunal Supremo, cuando declara la nulidad de la condena, el órgano que decida también la indemnización. Además, pide que se reforme el artículo 294 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que actualmente solo prevé el resarcimiento por prisión preventiva, para que incluya expresamente también los años de prisión cumplida bajo una condena injusta. En este sentido la letrada se pregunta por el sentido de que se indemnice la prisión provisional, pero no la definitiva.
Su mensaje es directo: si en 1926 el Estado entendió que debía reparar el error, un siglo después no puede haber excusas. En este sentido, la letrada recuerda que «el Crimen de Cuenca nos enseñó que la justicia material —la que repara el daño real— debe prevalecer sobre la formal, la de los tecnicismos. Hoy estamos haciendo justo lo contrario. No podemos permitirnos repetir los mismos errores», concluye.