Cambian las normas anticovid en Castilla-La Mancha: estas son las modificaciones del decreto

Desaparecen los límites de personas que pueden practicar deportes juntas, el máximo de asistentes a las comitivas de los entierros y se elimina la prohibición de comer y beber en cines y otros recintos de espectáculos

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha publica en su edición de este viernes los cambios en el decreto de la Consejería de Sanidad en el que se establecían las medidas que iban a regir en la comunidad tras la finalización del Estado de Alarma el 9 de mayo. Las modificaciones vienen motivadas en su mayoría por el auto del Tribunal Superior de Justicia que no ratifica varias de las limitaciones que afectan a derechos fundamentales. Las más destacadas son las siguientes:

Abluciones permitidas en los lugares de culto

Se elimina la norma que establecía que «las abluciones rituales deberán realizarse en casa». Las abluciones son una purificación ritual por medio de agua que se hace antes de la oración en ciertas religiones, como la judía y la musulmana.

Sin máximo de asistentes a las comitivas fúnebres

Desaparecen las limitaciones de asistentes en las comitivas fúnebres, que con la redacción inicial se restringían a un máximo de cincuenta personas además del sacerdote (o ministro de culto asimilado en credos no católicos). Ahora no hay máximo de asistentes.

Comer y beber en cines y recintos de espectáculos

La nueva versión del decreto, vigente ya, elimina la prohibición general de consumir productos de alimentación e ingerir bebidas en las actividades que se desarrollen en cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares, así como en recintos y en
otros locales y establecimientos destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas.

Actividad física al aire libre sin limitaciones

La actualización suprime el artículo 32 del anterior decreto, en el que se fijaba en 10 el máximo de personas que podían agruparse para practicar actividad física no federada, al aire libre, y se establecía además que debía desarrollarse sin contacto físico. Ahora no hay límite en la cantidad de deportistas que se puedan juntar y nada se dice respecto al contacto.

Contacto físico

La práctica de la actividad deportiva federada de competencia autonómica podrá realizarse de forma individual
o colectiva, hasta un máximo de veinticinco personas de forma simultánea en el caso de los entrenamientos. Así lo decía el decreto publicado el sábado y así se mantiene tras los cambios. La diferencia es que ahora no se prohíbe de manera expresamente el contacto físico, eliminando así una traba que convertía prácticamente en inviables los entrenos en varias disciplinas deportivas.