inicio
  Jueves, 17 de mayo de 2012
Recordarme  
Lo olvidé   |   Registrarse
   
Voces de Cuenca | Cuenca
Reducir texto Aumentar texto Imprimir Enviar
01/10/2010 - JUDICIAL
El portavoz del Grupo Municipal Socialista Ramón Pérez Tornero esgrime la sentencia que estima el recurso presentado por el Grupo Socialista contra el alcalde
Por vocesdecuenca.es

El Grupo Municipal Socialista ha dado cuenta de la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Cuenca que “estima el recurso que este Grupo interpuso contra la resolución del alcalde de la ciudad, Francisco Javier Pulido, que impidió la votación en el Pleno Extraordinario del 12 de marzo de 2010, solicitado por nosotros mismos”, ha explicado el portavoz del GMS, Ramón Pérez Tornero. Como tal, “el fallo declara que el hecho de que Pulido no permitiera el voto vulnera nuestro derecho fundamental como representantes políticos de los ciudadanos, recogido en el artículo 23.1 de la Constitución”.

Pérez Tornero ha recordado que “el objetivo que perseguíamos con este Pleno era reducir el déficit con medidas como la supresión de los directores generales y del asesor de Desarrollo Local, que supondría 200.000 euros; desistir del gasto de 200.000 euros de la televisión municipal y desistir de la operación de renting para adquirir un edificio en la calle San Pedro por un millón de euros”.

Asimismo, se incorporaron otras propuestas como “la anulación de la modificación del plan parcial de Villa Román III por vulnerar la normativa urbanística al permitir construir una gran superficie comercial en suelo destinado a colegios, centros de salud y otras dotaciones, o la aprobación de la compatibilidad del consejero delegado de SIM con su actividad como profesor de la Universidad de Castilla-La Mancha”. Junto a ello, se incluía “el debate y aprobación de las conclusiones de la Comisión Especial de Investigación sobre las presuntas amenazas e insultos a Miguel Ortiz, se instaba al cese de la jefa de Gabinete que se había aprobado previamente en una moción en el Pleno de noviembre de 2009 y la adhesión del Ayuntamiento de Cuenca a la Asociación Española de Ciudades de la Cerámica”.

El portavoz socialista ha destacado que “la decisión de Pulido de no someter a votación ninguno de los puntos del orden del día, aduciendo problemas de procedimiento o competencia, no se ajusta a la legalidad y vulnera un derecho fundamental, consagrado en el artículo 23.1 de la Constitución, al impedir a los concejales presentes en el Pleno ejercer nuestro derecho al voto, facultad inherente a nuestra condición de representante político”.

Además, “es la segunda vez que el alcalde tiene una sentencia por vulneración de derechos fundamentales, la otra vez fue por actuar contra una trabajadora cuyo ‘delito’ era ser pareja de un cargo socialista, y de hecho tuvieron que readmitir e indemnizar a la trabajadora”.

Según ha explicado Pérez Tornero, “en este caso, la sentencia dice que si el alcalde consideraba que algunos de los asuntos carecían de competencia o de procedimiento no debía haberlos incluido en el orden del día, pero que una vez determinado éste no tiene la facultad de impedir dicha votación”. Algo que, ha resaltado el concejal socialista, “ya habían intentado con la privatización del agua, en un alarde antidemocrático que supone que si no gano, no dejo votar”.

El portavoz socialista destaca que la sentencia hace especial hincapié en el hecho de que “Pulido no puede impedir la votación de asuntos incluidos en un orden del día confeccionado por él mismo, cuando el informe previo de la Secretaría no es concluyente sobre la falta de competencia o de procedimiento de los asuntos”.

Pérez Tornero ha informado de que con dicha sentencia “el juez obliga al Ayuntamiento a convocar de nuevo el Pleno Extraordinario con el mismo orden del día para el debate y votación de los asuntos incluidos en el mismo”. En este sentido, ha matizado que “según la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, este asunto es de un solo efecto, por lo que es inmediatamente ejecutiva”.

“Se trata de un asunto tan grave que el Grupo Municipal Socialista está valorando con sus asesores jurídicos la posibilidad de llevar este asunto por vía penal en virtud del artículo 542, que señala que incurrirá en la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a cuatro años la autoridad o el funcionario público que, a sabiendas, impida a una persona el ejercicio de otros derechos cívicos reconocidos por la Constitución y las Leyes”, ha subrayado el responsable socialista.

Para terminar, el portavoz del GMS ha señalado la “gravedad de que un responsable político sea condenado por vulnerar derechos fundamentales de otros responsables políticos, incluido él mismo, en lo referente a lo más sagrado que hay en la Democracia, que es el derecho al voto”. Por ello, ha considerado, “desde este momento el señor Pulido está deslegitimado para presidir los plenos del Ayuntamiento de Cuenca, y mucho menos para ser candidato a la Alcaldía”.

ESCUCHA LAS DECLARACIONES DE PÉREZ TORNERO EN LA PESTAÑA DE DESCARGAS
 

  Votar:  
Resultado: 3 puntos3 puntos3 puntos3 puntos3 puntos   3 votos
Pérez Tornero muestra la sentencia
Pérez Tornero muestra la sentencia

BLOGOSFERA CONQUENSE

 

 


    Todos los derechos reservados
Logotipo de C2C Logotipo de SPC